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Proteja sus Instalaciones con Sistemas de Vigilancia Profesionales

Cada vez más existe la necesidad de proteger los activos de su empresa, desde las instalaciones hasta los bienes que se encuentran dentro, así como a sus propios colaboradores. Para ello, podrá recurrir a sistemas de seguridad y alarma profesionales que monitorizan toda la actividad, diaria y nocturna, del lugar de instalación. Independientemente del tamaño de la empresa, ya sea un negocio familiar, un almacén de grandes dimensiones o una oficina de trabajo, con un sistema de alarma y videovigilancia tendrá siempre sus valores y bienes más seguros. Explore nuestra categoría de sistemas de videovigilancia para empresas y opte por el dispositivo que le transmita mayor seguridad. Podrá también elegir un detector de movimiento, apto para espacios interiores como oficinas, salas de reunión o edificios públicos, que se acciona al mínimo movimiento.

Explore la categoría de sistemas de videovigilancia para empresas y opte por el dispositivo que le transmita mayor seguridad. Podrá también elegir un detector de movimiento, apto para espacios interiores como oficinas, salas de reunión o edificios públicos, que se acciona al mínimo movimiento.

En este ámbito, es sumamente importante conocer las últimas enmiendas jurídicas sobre la instalación de sistemas de videovigilancia fuera de la vía pública. El día 25 de mayo de 2018 entró en vigor el nuevo Reglamento Europeo, donde se prevé que cualquier particular, empresa pública o privada instale un sistema de videovigilancia fuera de la vía pública sin autorización previa de la Agencia Española de Protección de Datos o de cualquier autoridad pública. Esta autorización previa obligatoria termina con la aplicación del nuevo Reglamento General de Protección de Datos.No obstante, el conjunto de reglas y límites de utilización de estos equipos se ha mantenido. A continuación, encontrará una síntesis de las normas que se deben respetar:

Las imágenes solo se pueden guardar hasta 30 días después de su captación. Al final de este plazo se tienen que destruir. No se permite la grabación de sonido en la gran mayoría de los casos.Todas las personas con acceso a las grabaciones, en el ámbito de sus funciones, deben guardar secreto profesional sobre ellas, bajo pena de cometer un delito.Está prohibido copiar las grabaciones, con la excepción de solicitudes hechas en el ámbito de investigaciones penales, pero sin incluir la vía pública ni propiedades vecinas.Las cámaras no pueden incidir regularmente sobre los trabajadores durante la actividad laboral, ni se pueden utilizar las imágenes para controlar esa actividad, ya sea para evaluar la productividad o con efectos disciplinares.Las cámaras no se pueden enfocar hacia las zonas para teclear códigos de los cajeros automáticos o de otros terminales de pago.Está totalmente prohibida la captación de imágenes en el acceso o en el interior de aseos, balnearios, probadores o zonas de descanso destinadas a los trabajadores, así como en las áreas de cocina.

Cualquier persona en una grabación tiene derecho de acceso a las respectivas imágenes, excepto si estas se fuesen a utilizar en el ámbito de una investigación penal.Es obligatorio fijar avisos informativos que avisen de la existencia de videovigilancia, con la mención “Para su protección, este lugar es objeto de videovigilancia”. Igualmente, es obligatoria la identificación del responsable del tratamiento de los datos ante quien se puede ejercer el derecho de acceso a las imágenes.